Como Agencia de Colocación y también como entidad que trabaja dentro del Programa Incorpora de “la Caixa” ofrecemos a las empresas apoyo en temas de inserción laboral de personas con dificultades.

Nuestra misión es la intermediación laboral gratuita entre empresas contratantes y personas que buscan trabajo. Facilitamos a las empresas las herramientas, el soporte y los  servicios de asesoramiento, gestión y formación  para dar respuesta a necesidades de contratación permanentes o puntuales. Y proporcionamos al candidato la incorporación, la permanencia y el progreso en el mercado laboral, para mejorar su empleabilidad.

Actividades dirigidas a las empresas colaboradoras:
· Búsqueda, prospección y fidelización de empresas colaboradoras.
· Firma de convenios de colaboración y cooperación.
· Intermediación entre ofertas y candidatos a través del Programa Incorpora de la Obra Social de la Fundación “la Caixa”. Preselección de candidatos.
· Gestión de prácticas formativas no laborales en empresas.
· Seguimiento y acompañamiento a la empresa y al trabajador/a en el proceso de inserción de este/a.
· Asesoramiento en la definición de perfiles profesionales.
· Información y asesoramiento sobre bonificaciones y ayudas a la contratación.
· Información y asesoramiento sobre subvenciones.
· Desarrollo de acciones formativas adaptadas a las necesidades de la empresa.
· Actividades de difusión y sensibilización social.
· Evaluación durante el proceso y evaluación final.

Qué es la LISMI y que beneficios aporta a las empresas?
La LISMI, la Ley de Integración Social al Minusválido, determina que todas las empresas públicas o privadas de más de 50 trabajadores deben tener un mínimo de un 2% de personas con discapacidad en su plantilla.

Para solicitar el Certificado de Excepcionalidad si alega razones de carácter productivo, organizativo y técnico, debe presentar la documentación acompañada de la documentación que justifique las causas que alegue su empresa. El plazo de respuesta es de tres meses. Transcurrido este tiempo sin contestación, se entiende que lo conceden por silencio administrativo.  

Este certificado se tramita a través de la Dirección General de Trabajo que dependen de cada comunidad autónoma. En el caso de Catalunya, depende del Departament d’Empresa i Ocupació y de las oficinas de Serveis Públics d’Ocupació Estatal (INEM). La solicitud de Excepcionalidad debe ir acompañada de la solicitud de aplicación de medidas alternativas que se quieran conseguir juntamente con:

· Los poderes del representante de la empresa.
· Especificación del cargo o representación de la empresa.
· Memoria explicativa de las causas de la dificultad de la empresa para incorporar trabajadores con certificado de discapacidad en su plantilla.

· Documentación acreditativa de esta comunicación.  

Una vez reunida tota la información anterior se debe rellenar en documento: “Solicitud de declaración de excepcionalidad por razones de carácter productivo, técnico, organizativo o económico” que el Dapartament d’Empresa i Ocupació pone a su servició en la web: http://empresaiocupacio.gencat.cat/ca

El Certificado de Excepcionalidad debe solicitarse al Director General de Relaciones Laborales del Depatament d’Empresa i Ocupació de la Generalitat de Catalunya en la dirección:  c/ Sepúlveda, 148-150 4t Planta 08011 Barcelona T. 93 228 57 57

La Direcció General de Relacions Laborals o los servicios públicos de ocupación, dependiendo de quién sea la competencia, se encargan, y se resolverà en una misma resolución administrativa.

La aprobación del Certificado de Excepcionalidad puede ser válida si se pone en conocimiento público el lugar de trabajo sin encontrar candidatos idóneos para cubrir el sitio de trabajo y las agencias de colocación o los servicios públicos no pueden atender la oferta. Pueden tardar hasta dos meses en recibir una respuesta. Transcurridos estos dos meses sin contestación, se entiende que se concede por silencio administrativo.

Para obtener un certificado conforme su empresa cumple con el porcentaje de reserva de plazas de trabajo para personas con discapacidad (2%) al tener más de 50 trabajadores, debe efectuar la solicitud en la Direcció General de Relacions Laborals del Departamnet d’Eempresa i Ocupació de la Generalitat de Catalunya con la siguiente documentación:

· Último boletín de cotización modelo TC2
· Doce últimos boletines de cotización modelo TC1
· Los contratos de trabajo de los trabajadores con certificado de discapacidad


Todo esto se debe enviar a la dirección: c/ Sepúlveda, 148-150 4t Planta 08011 Barcelona T. 93 228 57 57

Cuando su empresa, por motivos excepcionales, no puede cumplir con la LISMI y tiene más de 50 trabajadores, debe conseguir un Certificado de Excepcionalidad. De acuerdo con el artículo 2.1 del Real Decreto 365/2005, del 8 de abril (BOE 94, 20 de abril 2005), “se establecen medidas alternativas de carácter excepcional en el cumplimiento de la LISMI que fija la cuota de reserva del 2% a favor de personas discapacitadas en empresas de 50 o más trabajadores.”

El servicio de inserción Laboral está formado por insertores que se encargan de que su empresa pueda desarrollar las acciones adecuadas para cumplir el objetivo de la LISMI i así cumplir la ley y además se encarga de proporcionarle una bolsa de candidatos con certificados de discapacidad que cumplan las características necesarias que pide el perfil vacante de su empresa.  

Ofrecemos:

· Asesoramiento sobre subvenciones de trabajo
· Proceso de formación del candidato
· Proceso de selección e intermediación del candidato
· Seguimiento y avaluación del desarrollo del candidato a la plaza de trabajo.

La Generalitat de Catalunya da ayudas para la contratación de tiempo indefinido, a tiempo parcial y/o laboral a jornada completa de los trabajadores con certificado de discapacidad.  

  • Contratación indefinida de personas con discapacidad que provengan del paro: máximo de 3.907 euros.
  • Contratación indefinida de personas con certificado de discapacidad provenientes de un enclavamiento laboral: máximo 7.814 euros.
  • Transformación de contractos vigentes temporales a contratos indefindos para personas con discapacidad.
  • Deducción de cuota íntegra de sociedades en la cuantía de 6.000 euros por persona/año de incremento de la media de la plantilla de trabajadores con certificados de discapacidad, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores con discapacidad del ejercicio inmediatamente anterior al contrato indicado.
  • Bonificaciones a les cuotas empresariales de la Seguridad Social, dependiendo del tipo de contrato y del grado de discapacidad.


Para conseguir estos beneficios la empresa debe mantener el lugar de trabajo durante un mínimo de tres años, debe realizar un contrato por escrito en un modelo oficial y debe pagar el salario mínimo interprofesional establecido por convenio.

La ley 12/92 de integración Social del Minusválido (LISMI) obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a integrar en su plantilla a una persona con certificado de discapacidad. Es decir, cada empresa mayor de 50 trabajadores debe reservar el 2% de sus plazas de trabajo para personas con discapacidad. Las personas que tienen este certificado pueden tener distintos tipos de discapacidad: física, psíquica y sensorial. También se incluye a las personas que tienen trastornos de salud mental.

Para cumplir la LISMI, sin tener el Certificado de Excepcionalidad, de sebe contratar a trabajadores que tengan el certificado de discapacidad. Como marca la ley, se debe contratar al 2% de la plantilla con discapacidad, siempre que cumplan los requisitos que se piden para estos sitios de trabajo. Los servicios de inserción laboral son los que se encargan de proporcionar candidatos con este certificado que pueden ser trabajadores potenciales de su empresa. En estos servicios se recibe el asesoramiento necesario para que pueda  contar con el mejor candidato. Uno de los objetivos principales de la LISMI es la incorporación al mundo laboral de las personas con discapacidad, y por eso la Associació Alba cuenta con el servicio especializado de inserción Laboral que le asesorará sobre la contratación social.